El discurso emitido el pasado 30 de marzo por el presidente Andrés Manuel López Obrador sí constituyó propaganda gubernamental personalizada durante un periodo prohibido, determinó la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
El mensaje fue emitido en el momento que ya se realizaban campañas electorales en Campeche, Colima, Nuevo León, Guerrero, San Luis Potosí y Sonora.
Además, el Tribunal Electoral determinó que hubo un uso indebido de recursos públicos por un monto de 185 mil 515 pesos.
La Sala Superior, hizo un llamado a Jesús Ramírez, vocero de la Presidencia, a ser escrupuloso al participar en la transmisión de mensajes que pueden ser difundidos por los canales oficiales, pues se corre el riesgo de incurrir en una infracción a la prohibición constitucional.
La resolución surgió luego de que el PRD impugnara el discurso del mandatario emitido en el evento de los Primeros 100 días del Tercer Año de Gobierno, pues consideró que se presentó una promoción personalizada, difusión de propaganda en periodo de campañas y uso indebido de recursos públicos.
El pasado 6 de mayo, la Sala Regional Especializada emitió una primera resolución donde consideró inexistentes esas infracciones, pero el 26 de mayo la Sala Superior revocó la resolución y determinó que en ese evento sí existió propaganda gubernamental personalizada.