Congreso avala pena de 100 años por causar embarazo en una violación
En Puebla, la pena por embarazar a una mujer a consecuencia de una violación será hasta de 100 años en caso de ser menor de edad o adulta mayor, mientras que por estupro el castigo será de 16 años con seis meses.
Esto, porque el Poder Legislativo aprobó una reforma al artículo 266 y 271 Bis del Código Penal, propuesta por la diputada Nayeli Salvatori Bojalil, de la bancada de Morena.
En Puebla comete estupro quien tenga cópula con una persona mayor de 14 años de edad, pero menor de 18 años, empleando la seducción o el engaño para alcanzar su consentimiento, la pena es de dos a 10 años años de prisión y multa de 100 a 350 Unidades de Medida y Actualización (UMAs).
Sin embargo, con esta aprobación si producto del estupro se produce un embarazo, la pena aumentaría dos terceras partes, es decir, a 16 años con 6 meses.
Con la reforma, si se produce un embarazo la pena aumentará hasta en dos terceras partes del castigo máximo previsto, por lo que podría alcanzarse hasta 100 años en el delito de violación.
La diputada planteó que es necesario aumentar las penas porque el embarazo es un daño grave a la salud psicológica de la víctima.
“Más allá de la gravedad intrínseca de haber sido víctima de un delito sexual, cuando con motivo la violencia sexual, se produce un embarazo, la vulnerabilidad de la víctima se agrava y prolonga exponencialmente las secuelas provocadas por la comisión del delito”, detalla el dictamen.
De acuerdo con las bases de la Fiscalía General del Estado (FGE), con corte al mes de mayo de 2026, Puebla registró el inicio de mil 814 carpetas de investigación por delitos cometidos contra la libertad y la seguridad sexual:
- Abuso Sexual: 408
- Acoso Sexual: 188
- Hostigamiento Sexual: 40
- Violación simple: 194
- Violación equiparada: 116
- Otros delitos que atentan contra la libertad y la seguridad sexual: 868
Congreso avala pena de 100 años por causar embarazo en una violación
