Guardia Nacional ya podrá multar en carreteras
Los elementos de la Guardia Nacional ya pueden aplicar multas, dirigir el tránsito y realizar revisiones vehiculares en las carreteras federales por un acuerdo que entra en vigor este martes 26 de mayo, el cual fue emitido por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo.
Con el documento publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Guardia Nacional ahora tendrá facultades de inspección, seguridad y vigilancia en materia de tránsito federal, para determinar sanciones por infracciones al reglamento, cuando circulen en vías federales.
Podrán hacer retiro o inmovilización de los vehículos que no cumplan con las normas para circular y también podrán hacer inspecciones al autotransporte federal, de carga, autobuses, remolques o transporte privado.
Para fijar el monto de las multas se establece el término de “cuota diaria” que es equivalente a la unidad de medida y actualización que este 2026 es de 117.31 pesos.
La multa por circular en un vehículo sin un estado físico y mecánico idóneo será de 20 a 30 veces la cuota diaria, que es igual a 2 mil 346 pesos, hasta 3 mil 519 pesos. Para los vehículos automotores destinados a los servicios de transporte federal que no cuenten con la bitácora de horas de servicio, habrá la misma sanción.
“Todo usuario de las vías federales está obligado a obedecer las disposiciones contenidas en el presente Reglamento, así como a los dispositivos para el control del tránsito y a las que deriven de las posiciones corporales, ademanes, señales visibles y audibles de las personas integrantes de la Guardia Nacional”, señala el artículo 58.
La Guardia Nacional trabajará en coordinación con la Secretaría de Infraestructura Comunicaciones y Transportes (SICT) para regular el tránsito en estas vías federales.
Dentro de los cambios también se contempla que los peatones que no respeten las señales de los semáforos específicos para el tránsito peatonal serán sancionados mediante una amonestación verbal que hagan los elementos.
Para la realización de eventos deportivos y tránsito de caravanas de vehículos o peatones, se deberá obtener la autorización correspondiente de la Guardia Nacional.
“La persona integrante de la Guardia Nacional ordenará a los conductores de vehículos que detengan su circulación y exhiban la documentación que establezcan las disposiciones jurídicas aplicables e impondrá, en su caso, las sanciones por la infracción cometida al presente Reglamento, así como por el incumplimiento de las normas que regulan la operación de los servicios de autotransporte federal, sus servicios auxiliares y transporte privado”, señala la reforma.
Guardia Nacional ya podrá multar en carreteras
