SCJN declara inválido delito de ciberasedio en Puebla
Por mayoría de seis votos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió declarar la invalidez del artículo 480 del Código Penal del estado de Puebla, el cual tipificaba el delito de ciberasedio, aprobado por el Congreso local en julio de 2025.
Durante la sesión del pleno, los ministros avalaron el proyecto presentado por Giovanni Figueroa Mejía, en el que se argumentó que la redacción del tipo penal era ambigua y generaba incertidumbre jurídica respecto a las conductas sancionables en el uso de tecnologías de la información y redes sociales.
El análisis expuesto señaló que términos, como verbos y adjetivos, dentro del artículo 480 podían prestarse a interpretaciones amplias o imprecisas, lo que abría la posibilidad de sancionar conductas que forman parte del uso cotidiano de plataformas digitales, como la publicación de contenidos dirigidos al público en general.
Explicó que otras disposiciones del propio Código Penal de Puebla ya contemplan sanciones para conductas similares, como el espionaje digital o la intimidación a través de medios electrónicos.
En contraste, las ministras Lenia Batres Guadarrama, María Estela Ríos González y Sara Irene Herrerías Guerra se pronunciaron en contra del proyecto, al considerar que la figura del ciberasedio era necesaria para proteger a la población frente a agresiones digitales, particularmente en un contexto de uso intensivo de redes sociales.
Congreso acatará fallo de la SCJN
El presidente de la Junta de Gobierno y Coordinación Política del Congreso de Puebla, Pável Gaspar Ramírez, afirmó que el Poder Legislativo actuará con respeto institucional ante la resolución emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), por lo que acatarán en su totalidad la sentencia relacionada con la invalidez del delito de ciberasedio.
SCJN declara inválido delito de ciberasedio en Puebla
