Congreso de Puebla redefine el ciberasedio y protege la libertad de expresión
Con 34 votos a favor, seis en contra y una abstención, el Congreso del Estado de Puebla aprobó este miércoles la reforma al artículo 480 del Código Penal, con la que se redefine el delito de ciberasedio y se establecen límites claros para garantizar la libertad de expresión y proteger el ejercicio periodístico.
Durante la discusión en el pleno, las posiciones partidistas se enfrentaron. La presidenta de la Junta de Gobierno y Coordinación Política, Laura Artemisa García Chávez, defendió la reforma señalando que busca evitar interpretaciones ambiguas que pudieran afectar derechos fundamentales.
Cuestionó además la postura del PAN, que tras promover un recurso contra el ciberasedio, intentó meter de último momento una propuesta para modificar el dictamen.
Por su parte, la diputada priista Delfina Pozos criticó la abstención de Movimiento Ciudadano, a la que calificó como una forma de apoyo velado al oficialismo.
La reforma precisa que no serán sancionadas penalmente las críticas u opiniones dirigidas a servidores públicos, elimina conceptos vagos como “injurie” o “agravie” y establece una nueva definición para el ciberasedio: hostigamiento sistemático a través de medios digitales que afecte la integridad emocional, la privacidad o la vida cotidiana de la víctima.
Además, se señala que este delito solo se perseguirá si la víctima lo solicita, salvo en casos de menores, personas con discapacidad o relaciones de subordinación. Las penas van de seis meses a tres años de prisión, con agravantes si se trata de niños o adolescentes.
Congreso de Puebla redefine el ciberasedio y protege la libertad de expresión