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Poblanas en medio de abortos clandestinos

Poblanas en medio de abortos clandestinos (2)Foto: Sucesos Puebla
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Yazmín Curiel

En 2018, María del Carmen decidió abordar y lo hizo de forma clandestina en una clínica de la Ciudad de Puebla, pues el Código Penal impide que las mujeres puedan interrumpir su embarazo de forma legal.

La decisión que tomó en febrero de ese año fue difícil; sin embargo, decidió hacerlo, pues su pareja no quiso hacerse responsable del embarazo, comentó a Sucesos Puebla.

Ella es una de las decenas de mujeres quienes acuden a las clínicas de forma clandestina para practicarse abortos, otras viajan a la Ciudad de México, pues en la entidad vecina está permitida la interrupción del embarazo.

Aunque la posición económica de María del Carmen es regular, pues tiene una licenciatura terminada, un trabajo estable y el apoyo de sus padres, no quiso enfrentar una maternidad soltera y por este motivo decidió practicarse un aborto.

Con seis mil pesos su ginecólogo de cabecera, incluso quien la vio nacer, le practicó el aborto; ella a diferencia de muchas mujeres, tuvo el apoyo incondicional de su familia en la decisión que asumió.

“Nosotros asumimos la responsabilidad de los riesgos”, dijo María del Carmen, quien explicó que al llegar a la clínica le hicieron firmar un documento deslindando al médico practicante del aborto en el caso de un fallecimiento.

Solo bastaron unas horas para que la intervinieran, pues “el médico solo agenda la cita, se llega a la hora indicada, se hace la intervención y ese mismo día estás fuera”, explicó.

La legislación local

En Puebla, el aborto es considerado como “la muerte del producto de la concepción en cualquier momento de la preñez”, de acuerdo al Código Penal, el que además señala que las mujeres que aborten deben ser castigadas con seis meses a un año de prisión.

El mismo documento especifica sanciones a quien haga abortar a una mujer, pues “se le aplicarán de uno a tres años de prisión, sea cual fuere el medio que empleare, siempre que lo haga con consentimiento de ella. Cuando falte el consentimiento, la prisión será de tres a seis años, y si empleare violencia física o moral, se impondrán al delincuente de seis a ocho años de prisión”, se cita.

En el capítulo dedicado al delito de Aborto en el Código Penal también se especifican sanciones a los médicos o parteras, ya que “se le suspenderá de dos a cinco años en el ejercicio de su oficio o profesión.

Suman mil 449 mujeres acuden a Ciudad de México a practicarse abortos

De 2007 a 2020 suman mil 449 mujeres poblanas quienes han acudido a Unidades Médicas en la Ciudad de México a practicarse un abortó, solo de enero a la fecha han sido intervenidas 61 féminas con residencia en Puebla, esto de acuerdo a los datos que otorga la Secretaría de Salud de aquella entidad con respecto a la Interrupción Legal del Embarazo.

El documento consultado por Sucesos Puebla revela que las mujeres de18 a 24 años de edad son las que más se practican abortos con el 45.99 por ciento de los casos, en contraste las mujeres de 11 a 14 años de edad ocupan el 0.72 por ciento de los casos de mujeres quienes deciden interrumpir sus embarazos.

El 42.15 por ciento de los casos de mujeres quienes abortan tienen un nivel de estudios medio superior; el 31.33 por ciento la secundaria; el 18.01 por ciento nivel superior y 6.55 por ciento de los casos son mujeres quienes apenas lograron concluir la educación primaria.

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Piden legalizar el aborto

La diputada de Morena, Estefanía Rodríguez Sandoval, impulsa una iniciativa de reforma a la Ley Estatal de Salud para interrumpir embarazos no deseados y no planificados.

La iniciativa ya fue recibida en la Secretaría General del Congreso de Puebla y será ingresada oficialmente en la sesión ordinaria de esta semana, de acuerdo al artículo 70 Bis, la legisladora plantea que las instituciones públicas de salud del Estado deberán proceder a la interrupción legal del embarazo, en forma gratuita y en condiciones de calidad cuando la mujer interesada así lo solicite.

«Cuando la mujer decida practicarse la interrupción legal de su embarazo, las instituciones de salud deberán efectuarla en un término no mayor a cinco días naturales, contados a partir de que sea presentada la solicitud y satisfechos los requisitos que establezca la Secretaria de Salud Pública del Estado, excepto cuando la mujer declare, bajo protesta de decir verdad y previa denuncia ante el Ministerio Público, que el embarazo es resultado de una violación sexual, en cuyo caso la institución deberá efectuar la interrupción legal del embarazo inmediatamente, de conformidad con la legislación y normatividad en materia atención a víctimas de un delito», cita la iniciativa que este viernes fue circulado.

Propone que la interrupción legal del embarazo puede ser desde concepción y hasta las doce semanas de gestación; no obstante, enfatiza con respecto a los servicios de educación sexual, salud sexual, reproductiva y de planificación familiar los que deben proceder desde la Secretaría de Salud del Estado.

Además de esta propuesta, hay otras iniciativas que se ventilan en el mismo sentido, por lo que las y los diputados locales analizarán este tema en las siguientes semanas.

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