Reforma a la Ley de Hidrocarburos fortalecerá la seguridad del sector energético: Alejandro Armenta

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El Senado de la República aprobó en lo general y particular la reforma al artículo décimo tercero transitorio de la Ley de Hidrocarburos presentadas por las comisiones de Energía y de Estudios Legislativos Segunda que busca garantizar la soberanía y seguridad energética de México.

Además de desincentivar diversas prácticas relacionadas con el comercio ilícito de hidrocarburos y petrolíferos.

El senador Alejandro Armenta, presidente de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, dijo que esta reforma es una iniciativa del Ejecutivo Federal, que faculta a la Secretaria de Energía (Sener) y a la Comisión Reguladora de Energía (CRE) para revocar permisos, cuando los titulares de los mismos cometan delito de contrabando de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos.

Explicó que también permite suspender los permisos expedidos, a permisionarios, cuando se prevea un peligro inminente para la seguridad nacional, energética o para la economía nacional.

“Con esas modificaciones se evitará el robo y contrabando de combustibles y se fortalece el marco regulatorio para que los inversionistas tengan certeza y seguridad jurídica, lo que se verá reflejado en el incremento de las inversiones en el sector, además de cuidar el bolsillo de los consumidores”, expresó el senador.

Entre las modificaciones, se convino que en las áreas naturales protegidas no se otorgarán asignaciones ni contratos para la exploración y extracción de hidrocarburos.

Se estableció que los precios al público de Gas Licuado del Petróleo se determinarán bajo condiciones de mercado.

Para el tratamiento y refinación de petroquímicos no se requerirá de permiso ni se regulará o supervisará su exportación e importación.

También se incluyó que la Comisión Nacional de Hidrocarburos podrá autorizar a los titulares de concesiones mineras actividades específicas de exploración superficial de hidrocarburos en las áreas en que coexistan sus derechos.

En otro tema, las áreas en que hubo o haya asignaciones mineras con potencial para la extracción de gas asociado a los yacimientos de carbón, se considerarán como reservadas, lo cual no sería aplicable para las concesiones mineras que se encuentren vigentes a la entrada en vigor del decreto.

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