Con mayoría de nueve votos de los 11 ministros, la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Celular (Panut) es inconstitucional.
El pleno avaló el proyecto de la ministra Norma Lucía Piña el cual mencionaba que el usuario de plan telefónico no tenía opción más que entregar sus datos a cambio del servicio.
“La entrega de los datos personales y sensibles no es optativa, sino que se impone como una obligación a los usuarios a fin de poder adquirir o conservar el servicio de telefonía móvil”, apunta.
Cabe destacar que para la creación del Panaut, autoridades aseguraban que la finalidad era tener información para prevenir delitos cometidos con el uso de celulares, de ahí que debían entregarse datos personales y biométricos.
“Es claro que dicho ámbito se ve afectado al imponer a los usuarios de telefonía móvil la obligación de entregar su información privada, íntima y datos personales, incluyendo datos sensibles, con la correlativa facultad de otorgar a terceros particulares y, al propio Estado, para recopilarlos y poder acceder a ellos”, dijo la ministra Piña.